SEMINARIO INTERNACIONAL


¨REFORMA DEL CÓDIGO PENAL URUGUAYO Y LA IGUALDAD DE GÉNERO¨


PONENCIA- Dra. Marina Morelli Núñez


Como el tema que ocupará el presente Seminario trata de la reforma del código penal y la igualdad de género, no puedo dejar de decir que la norma formalmente promulgada, si bien no es el único componente es parte esencial del derecho. 

Se nos ha inculcado académica y también popularmente que el derecho, ‘es el conjunto de normas que rige en una sociedad, en un tiempo determinado y regula la conducta de sus componentes’. Sin embargo, a mi humilde entender esta es una conceptualización tradicional, parcial, precaria y tremendamente peligrosa, pues su aceptación sin más cuestionamientos, puede garantizar la perpetuidad de la exclusión y marginación de las mujeres.

Concebir tan inocentemente al derecho como aquel conjunto de normas, implica aceptar su tarjeta de presentación donde dice que es ‘neutral y justo’, como bien nos enseña la Dra. Alda Facio Montejo en uno de sus trabajos; quien afirma que si hay algo que el Derecho no ha tenido para con las mujeres es, precisamente, neutralidad ni justicia.

El Derecho es una ciencia androcéntrica que tomo al hombre como protagonista único, centro y parámetro de la humanidad. Con seudo-fundamentos que variaron desde la atribución de funcionamiento cerebral apasionado, hasta la inferioridad natural de cuerpo y mente, se sostuvo la ausencia de aptitud en la mujer para ser considerada sujeta de derechos.

Es tiempo de comenzar a pensar en otras maneras y en otras formas de entender al derecho como un compromiso ineludible para las nuevas generaciones. Porque son otros desafíos los que hoy se nos presentan, en un contexto que viene marcado por el legado de todas las personas con mujería y hombría de bien que nos precedieron.

En éste sentido comparto con ustedes, lo que es solo una idea: el Derecho es una invaluable herramienta de poder. De poder de transformaciones, pero también de perpetuar inmerecidos privilegios; de poder garantizar el goce de derechos fundamentales, pero también de justificar las peores atrocidades que se suceden diariamente en este país.

El Derecho explica, sostiene y perpetúa un orden impuesto que ha cosificado nuestros cuerpos de mujeres y ha valorado a la baja nuestra propia existencia. El Derecho explica, sostiene y perpetúa un modelo global que culpabiliza, empobrece, oprime, margina, asesina, invisibiliza, lapida, mutila y silencia a las mujeres.

La importancia de pensar al derecho desde una óptica critica, nos permite analizar desde otra perspectiva nuestra propia realidad y enriquecer el debate, por ejemplo que se debe el legislativo nacional respecto a la utilización de la técnica de redacción genero neutra por la que opta al tiempo de hacer las normas. Aun en aquellos casos en los cuales lo que motiva la generación de una ley es atender la realidad de las mujeres, siempre se decide legislar para todas las personas, lo que convierte a la ley en una norma sin perspectiva de género. Avanzar en éstas discusiones, puede colaborar a que en Uruguay se comience a llamar a las cosas por su verdadero nombre, a nombrar a las mujeres como destinatarias de esas normas y reconocerlas como sujetas de derecho.

Sin enriquecer el intercambio, no será posible debatir. Mientras se piense que el feminicidio es lo mismo que el homicidio pero de una mujer, difícilmente podamos avanzar seriamente a considerar la necesidad de contemplar esa figura.

Sabemos la función que cumple el derecho penal en las sociedades actuales, sobre todo la de demarcar esa última frontera, entre aquello tolerado y aquello que socialmente deberá ser castigado. Hoy necesitamos que Uruguay marque esa última frontera cumpliendo las obligaciones convencionales asumidas y atendiendo al desarrollo democrático que el país ha alcanzado. En materia de derechos humanos, hay que hacer lo que hay que hacer; y no es aceptable promulgar leyes que den cuenta de lo que se pudo hacer de acuerdo al escenario o interés político circunstancial del momento.

Coincidimos las organizaciones sociales y el parlamento en que es necesaria la reforma de un código penal vigente desde 1934 e inspirado en el de la Italia fascista de 1933, normativa que no respeta ni garantiza una serie de derechos fundamentales y que es una norma androcéntrica y patriarcal que muestra un desprecio importante hacia las mujeres. Un Código Penal cuyo bien jurídico protegido de manera protagónica, es el derecho de propiedad, incluso, por sobre el de la vida y la libertad. En consecuencia se castiga más severamente al robo con violencia de un teléfono celular, que un homicidio simple, que la violencia doméstica, la violación.

No hay duda que la reforma es necesaria. La vigencia de éste Código constituye un incumplimiento a las obligaciones convencionales lo que ha sido objeto de reclamos y observaciones por parte de las organizaciones de la sociedad civil, de la academia, de los órganos de vigilancia y cumplimiento de los tratados tanto en el ámbito internacional como interamericano. De hecho, el propio Estado ha reconocido en distintos informes país la necesidad de reformular las normas penales.

Durante cuatro años y desde diversos ámbitos sociales y académicos, se presentaron importantes aportes a la comisión parlamentaria, se realizaron actividades de análisis y debate convocando expresamente a parlamentarios/as, se propusieron textos alternativos a la redacción proyectada y se formularon expresiones públicas en cuanto al grave retroceso que implicaba la aprobación de la reforma proyectada en materia de género. Sin embargo la Comisión de Constitución, Códigos y Legislación General y Administración de la Cámara de Representantes no atendió las propuestas realizadas desde el ámbito nacional ni los compromisos asumidos en Convenciones y Tratados Internacionales. 

Dado que existe el compromiso de revisar los déficit que hemos señalado, las organizaciones que trabajamos en la defensa de los derechos de las mujeres, niñas, niños y adolescentes volvemos a solicitar ser incluidas en este debate, y la creación de un espacio de participación real y democrática, que no se limite a la escucha atenta por razón de mera cortesía, sino al desarrollo de pensamientos e ideas jurídicas que permitan superar el riesgo real de retroceso que implicaría para Uruguay la aprobación del texto tal cual hoy està.

En este sentido, nuestro penúltimo aporte fue el comparecer ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el 16 de marzo próximo pasado, en una audiencia celebrada en Washington. Las peticionantes Mujer Ahora, Mysu y IACI y el Embajador Permanente ante la OEA designado por el Estado, hemos coincidido en esa audiencia; de la cual como participe me permito destacar la riqueza de los aportes recibidos por parte de los Comisionados. 

Fue atendiendo al rol de promoción y prevención que ejerce la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y tomando en cuenta las recomendaciones realizadas a los Estados, consideramos fundamental que se resalte la necesidad de que nuestro país apruebe una legislación penal que:

– respete los derechos sexuales y reproductivos, evitando la criminalización del aborto e incorporando tipificaciones relacionadas con esterilización forzada, inseminación forzada, manipulación del cuerpo de la mujer contra su voluntad y violencia obstétrica.

– armonice los delitos sexuales, eliminando los estereotipos de género y abarcando todas las formas de abuso sexual.

– no retroceda en formas delictivas ya legisladas como la explotación sexual comercial e incorpore las leyes sobre trata de personas, tráfico de migrantes, y crímenes de genocidio, lesa humanidad, la tortura y los tratos crueles, inhumanos y degradantes.

– incluya en el delito de violencia domestica todas las formas de violencia y se sancione penalmente la expresión más dramática como es el feminicidio.

Hemos solicitado también como una contribución crucial que la Comisión Interamericana a través de la Relatoría de los Derechos de las Mujeres señale al Estado Uruguayo, a través un informe preciso, sobre cuáles son los estándares en materia penal para la prevención, protección y sanción de la violencia hacia mujeres, niñas y adolescentes, de modo que no se apruebe un código en contravía de las obligaciones internacionales en la materia.

De esta forma, brindamos al legislativo un nuevo insumo.

Porque aceptamos sin ningún inconveniente la discusión respecto de la política criminal o represiva que pueda adoptar el Estado Uruguayo a futuro, a sabiendas además, que será la norma que rija la vida de nuestros nietos y quizá tataranietos. Porque un Código penal no se promulga con asiduidad.

Lo que no es aceptable, ni es legítimo, es que a esta altura del desarrollo democrático del país, nosotras debamos discutir y batallar para que no exista una rebaja de los estándares de derechos humanos de las niñas, adolescentes y mujeres.

Queremos contribuir con el legislativo a avanzar y que esa reforma del código penal este a la altura de una norma como la que merece el país y su ciudadanía.

Ese es nuestro compromiso.




Fotos: Departamento de Fotografía. Comisión Administrativa del Poder Legislativo

SEMINARIO INTERNACIONAL ¨REFORMA DEL CÓDIGO PENAL URUGUAYO Y LA IGUALDAD DE GÉNERO¨ Con este título se desarrolló una instancia de reflexión organizada por el Comité de América Latina para la Defensa de los Derechos de las Mujeres, CLADEM, una red feminista que trabaja para contribuir a la plena vigencia de los derechos de las mujeres en Latinoamérica y el Caribe, utilizando el derecho como una herramienta de cambio, la cual cuenta con el apoyo de Mujer Ahora y de la Bancada Bicameral Femenina del Poder Legislativo. En la presentación se abordó la “Pertenencia de la inclusión de la perspectiva de género en el Proyecto de Ley sobre la reforma del Código Penal en Uruguay” por distintas panelistas




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