¡Oh mi Dios! “Matrimonio Religioso- Despenalización”
En la Comisión de Constitución y Legislación de la Cámara de Senadores se encuentra a estudio un proyecto de ley bajo el título “Matrimonio Religioso- Despenalización”. El título del proyecto de ley y los titulares de prensa–intencional o involuntariamente- desinforman sobre lo que el proyecto pretende y conducen directamente a una confusión generalizada sobre aspectos que vale la alegría de listar en un Estado Laico. Por: Marina Morelli Núñez Más allá de las posiciones doctrinales sobre si es un acto jurídico, acto complejo o contrato, lo cierto es que desde el 21 de julio de 1885, la única forma que existe en el país de contraer matrimonio con efectos jurídicos es el celebrado ante un Oficial/a del Registro del Estado Civil o un Juez/a de Paz en algunas localidades del interior del país. Lo que sucede antes (como impedimentos), durante (estado matrimonial con efectos personal y patrimonial) y después (disolución) de un matrimonio y en relación al mismo, se encuen